CONSTITUCIONALIDAD DE LA CONVENCION MULTILATERAL ASISTENCIA MUTUA EN MATERIA FISCAL SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.

Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, que es un acuerdo multilateral elaborado con la intención de promover la cooperación internacional en materia tributaria. Manteniendo el respeto de los derechos fundamentales de los contribuyentes y la legislación de los países miembros, con su ratificación la República Dominicana aumentará su red de tratados de reciprocidad de informaciones con fines tributarios.

El presidente de la República sometió mediante el Oficio núm. 015930, del veintisiete (27) de junio de dos mil diecisiete (2017), a control preventivo de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, la “Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal”, suscrita el veintiocho (28) de junio de dos mil dieciséis (2016), a los fines de garantizar la supremacía constitucional.

Esta demanda se hace porque la Republica Dominicana ha suscrito diversos acuerdos bilaterales, tales como el suscrito con el gobierno de Canadá para evitar la doble tributación, el acuerdo suscrito entre la República Dominicana y los Estados Unidos, para el intercambio de información tributaria, con el objetivo de velar por la fijación y recaudación de impuestos, impedir el fraude y la evasión fiscal; y el suscrito con España, con el objetivo de evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal. En todos estos acuerdos, se ha previsto el deber de los Estados Partes de mantener en secreto las informaciones suministradas.

Esta sentencia se solicitó con la finalidad de evaluar la legitimidad de dicho acuerdo multilateral si no colidan con los expuesto en la constitución. En ellas se traza las directrices de que entre Estados deben intercambiar la información por solicitud, automática y espontánea, recogidas en los artículos 4, 5, 6 y 7 de dicho convenio.

El tribunal constitucional analiza que la Convención no afectará los derechos y salvaguardar a favor de las personas, de conformidad con la legislación o práctica administrativa del Estado requerido. Respetando el ordenamiento jurídico internacionales, ya que los tratados internacionales tienen rangos constitucionales. Pero también uno de los análisis que hace el TC es la confidencialidad de la información que tenía los acuerdos bilaterales que entra en contradicción con los convenios sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal que entre los estados miembros se comparte las informaciones.

Después de un análisis profundo que realiza el tribunal constitucional ha determinado que dicho convenio esta conforme con la constitución. En conclusión, esta sentencia es básicamente la reafirmación de los acuerdos, es decir una legalización de documento a través de la sentencia del Tribunal Constitucional.